miércoles, 24 de abril de 2019

Justicia de Neuquen reconoce el Derecho Mapuche de LOF CAMPO MARIPE


FALLO HISTÓRICO DE LA JUSTICIA DE NEUQUEN
RECONOCIENDO EL DERECHO MAPUCHE


Era enorme la expectativa y la tensión hoy en la lectura del fallo del Juez Gustavo Ravizzoli a cargo del Juicio Oral y Público contra el LOF CAMPO MARIPE. Éramos conscientes del poder de presión que ejerce la industria petrolera y más aún la presión del gobierno de Neuquén. 

Por eso, cuando el Juez en su introducción dio cátedra sobre el andamiaje jurídico que respalda el derecho mapuche y expresó ABSOLUCIÓN, todo el silencio que se cortaba con una navaja estalló en un solo grito: MARICIWEU MARICIWEU!

Fue el desahogo de casi 100 años, tantos como los que lleva la familia Campo Maripe a la espera del día en que sus derechos territoriales sean reconocidos.

 Ese derecho había sido interrumpido al ingresar la familia Vela a sus tierras en la década del ‘70 y hoy no están dispuestos a un nuevo despojo. 

Esos testimonios más los argumentos jurídicos de nuestra defensa, fueron comprendidos por la Justicia y en un fallo ejemplar concluyó con la ABSOLUCIÓN de todos los hermanos Maripe juzgados como “Usurpadores”.

Por primera vez en muchos años sentimos como mapuce que nuestros derechos preexistentes eran asumidos y expuestos por una autoridad de estado como es el Juez a cargo de esta causa. 

Por primera vez cada derecho que expresa desde hace 25 años la Constitución Nacional, 20 años el Convenio 169 y 13 años la Constitución Provincial eran expresados por un juez del sistema judicial y utilizados como base para liberar de toda culpas a autoridades mapuche juzgados injustamente.

Celebramos que sea el poder judicial quien puso las cosas en su lugar y exige al poder político que se ponga pantalones largos, se olvide de los negociados y cumpla con las leyes y jurisprudencia que enumeró una a una el Juez Ravizzoli en su contundente fallo. 

Celebramos que sea el poder judicial quien ubique al fiscal a cargo de la causa (Marcelo Silva) y lo saque del papel cómodo y encubridor de tantas injusticias cuando se erige en garantes de un “blindaje jurídico” a la industria del Fracking. 

Celebramos que por fin Campo Maripe logre la reivindicación luego de tantas humillaciones sufrida a manos de un privado amparado por el poder político.

Volvemos a nuestro territorio a celebrar, a desahogar la tensión de este juicio oral y público, a definir los pasos a dar y a seguir reafirmando nuestra posesión tradicional, actual y pública sobre la tierra que vio nacer a cada uno de los que fuimos juzgados en este infame juicio.

MARICIWEU – Diez Veces reafirmando nuestra identidad, derechos y territorio!!!!

Confederación Mapuche de Neuquén
23abr19


HISTÓRICA SENTENCIA!!!! LA JUSTICIA LE DA LA RAZÓN AL DERECHO MAPUCE Y DEJA EN RIDÍCULO LAS INTENCIONES DEL GOBIERNO PROVINCIAL 
ABSOLVIERON A TODAS LAS AUTORIDADES DEL LOF CAMPO MARIPE MARICI WEU!! MARICI WEU!!


Lof Paicil Antreao 
23abr19 a las 18:48 · 

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Fallo histórico: la Justicia reconoció el derecho mapuche sobre tierras


Judiciales 24/04/2019-
Foto: Confederación Mapuche de Neuquén

En Neuquén absolvieron a los miembros del lof Campo Maripe acusados de "usurpación" de tierras que fueron "compradas" por empresarios de Vaca Muerta.

Este martes la Justicia de Neuquén sentó una sentencia histórica al absolver a seis integrantes de la Comunidad Mapuche Lof Campo Maripe quienes habían sido acusados por un fiscal en 2014 de haber usurpado tierras ancestrales pero que la familia empresaria Vela denunciaba que eran suyas. Las tierras están ubicadas en la zona cercana a Añelo donde se desarrolla el negocio petrolero Vaca Muerta.

Pasadas las 14, se escuchó al juez de Garantías de Neuquén Gustavo Ravizzoli leer la sentencia donde absolvió a seis integrantes de la Comunidad Mapuche Lof Campo Maripe de los delitos que se les imputaba por "usurpación por despojo y turbación de la posesión".

El juez Ravizzoli entendió la vinculación cultural y ancestral del terreno con la comunidad y no se pudo demostrar que los acusados actuaron con dolo (cometer voluntariamente un delito). Además, el magistrado expresó que no puede determinar a quién pertenece la propiedad de ese espacio.

Inmediatamente al escuchar que el juez los absolvía los acusados levantaron sus puños en alto y festejaron entre lágrimas la sentencia y al grito de "¡mariciweu, mariciweu!" ("cien veces venceremos").

"Fue el desahogo de casi 100 años, tantos como los que lleva la familia Campo Maripe a la espera del día en que sus derechos territoriales sean reconocidos. Ese derecho había sido interrumpido al ingresar la familia Vela a sus tierras en la década del ‘70 y hoy no están dispuestos a un nuevo despojo. Esos testimonios más los argumentos jurídicos de nuestra defensa, fueron comprendidos por la Justicia y en un fallo ejemplar concluyó con la absolución de todos los hermanos Maripe juzgados como 'usurpadores'", sostiene el comunicado emitido por la Confederación Mapuche de Neuquén.

https://lmdiario.com.ar/noticia/143157/neuquen-un-fallo-historico-de-la-justicia-reconocio-el-derecho-mapuche-sobre-tie?fbclid=IwAR1Zj6Y1HvVpWqcLZE2k5hmt-YZVsIKz-J--tKu593tlQ3jB7t5qjOqbWjI
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juez de Garantías, Gustavo Ravizzoli

Absolvieron a los seis integrantes de la comunidad Campo Maripe



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Las razones que esgrimió el juez para absolver a mapuches

El magistrado interpretó que cuando ocuparon el lote lo hicieron sin intención porque suponían que era de ellos y no del privado que los llevó al banquillo.


POR LAURA LONCOPAN BERTI-ABRIL 24, 2019 7:36 AM


Albino Campos se abraza con su familiar tras conocerse el fallo. Foto Juan Thomes

“¡Marichiweu!”, sonó como un estallido en la sala de audiencias, casi un rugido de la garganta del público, una vez que el juez de Garantías, Gustavo Ravizzoli, anunció la absolución de los seis integrantes de la comunidad Campo Maripe, que fueron enjuiciados por usurpación. 
Los aplausos se mantuvieron unos minutos, y antes que el magistrado retomara la lectura del veredicto, se oyó la voz de Josefa, una de las acusadas, que dijo: “Gracias señor”.

Ravizzoli planteó en su resolución que si bien la comunidad ingresó al inmueble ubicado en Añelo, a partir del 12 de noviembre de 2014, hecho que fue denunciado por la familia Vela, está “lejos de probarse o acreditarse el dolo” (la intención de producir un acto contrario a la ley) pues lo hizo en la creencia de un eventual derecho sobre la tierra. 

Sostuvo que el conflicto debe resolverse en el ámbito de la justicia civil, dónde hay un proceso abierto. Indicó que debe aplicarse el principio de mínima intervención del derecho penal (ver aparte).

El juez citó lo dicho en este tema por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y mencionó el informe “La situación de los pueblos indígenas en Argentina” del relator especial, James Anaya, de Naciones Unidas.

“En una cuestión tan medular y sensible como es el hecho de determinar un derecho sobre cierta geografía de la provincia no puede utilizarse el derecho penal para dar una solución, en un caso en el cual, no sólo a mi juicio hay un interés particular, sino generacional y trasgeneracional. Más allá de los conceptos de propiedad privada que tenía el Código Civil anterior y este interés particular, tiene una consagración constitucional. De allí una necesidad de dar respuesta, a mi juicio, en sede civil”, afirmó el juez.

Agregó: “De ninguna manera la decisión que acabo de pronunciar implica reconocer derechos sobre el predio en cuestión, o bien implica una ocupación tradicional, actual y pública por parte de la comunidad Campo Maripe. Más allá de que la cuestión es litigiosa, sensible y especialmente compleja no puedo concluir en modo alguno a quien pertenece el espacio que está en disputa hoy, ello así desde la perspectiva, insisto, y concepción constitucional del derecho indígena consagrado en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional”.

La defensora Micaela Gomiz valoró el enfoque adoptado por el magistrado y opinó que es clave la finalización del relevamiento técnico-jurídico-catastral, previsto en la ley 26.160 que está vigente. “A partir de ahí se debería disponer el mecanismo de titularición de las tierras que resulten acreditadas como de ocupación actual, tradicional y pública. Solamente ahí vamos a determinar los derechos de la comunidad, y eventualmente, poder abordar los intereses de los terceros”, añadió.

Los puntos salientes del fallo

El juez Ravizzoli dijo que los miembros de la comunidad ingresaron al inmueble, pero planteó que “lejos de probarse o acreditarse el dolo (intención) se da cuenta de la creencia de un eventual derecho sobre la tierra con un alcance distintivo”.

Mencionó que ha habido un cambio de paradigma en el reconocimiento de los pueblos indígenas. Aseguró que la Corte Interamericana de Derechos Humanos “entiende que los Estados deben proceder a la delimitación, demarcación y la titularización de las tierras tradicionales de las comunidades a fin de hacer efectivo ese derecho”.

Consideró que es de aplicación para el caso el principio de mínima intervención del derecho penal.

Señaló que la respuesta debe darse en sede civil, dónde hay un proceso abierto que está en etapa probatoria.

https://www.rionegro.com.ar/las-razones-que-esgrimio-el-juez-para-absolver-a-mapuches-959708/?fbclid=IwAR2yGdnVyhAsK0irLVyYQef6dYbqYQ5rP-9m_fw9TVoxRV8hfF5szgRVQWE
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Confederación Mapuche de Neuquén
23abr19 a las 11:51 ·


Absueltos los miembros del lof Campo Maripe! 
Marici wew!! 
Diez veces venceremos!! ✊🌱
EditedbyXaxaJá

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