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viernes, 5 de junio de 2015

Puelmapu- A días de Relevamiento Territorial, un nuevo procesamiento a nuestro lof


A UNOS DÍAS DEL REVELAMIENTO TERRITORIAL, COMIENZA UN NUEVO PROCESAMIENTO A INTEGRANTES DEL LOF PAICIL ANTRIAO.

Formularán cargos por usurpación contra 8 personas de las recientes ocupaciones de tierras


5/06/15 | Se trata de miembros de la Comunidad Paicil Antriao que ocuparon el lote denominado “Los Álamos”, en Lomas de Correntoso y el terreno de la Mutual Policial en el acceso al Belvedere. Interviene el juez Juan Pablo Balderrama, ex fiscal local. 
En el tercer lote ocupado, el dueño no radicó la denuncia.

Este mediodía se realizará en la oficina judicial local la audiencia de formulación de cargos contra 8 ocupantes de tierras en conflicto en la zona del Belvedere. Queda pendiente otra audiencia de formulación de cargos para la semana que viene.

Fuentes judiciales informaron que se trata de personas que ocuparon el predio de “Los Alamos”, ubicado en la calle Cacique Antriao, en Lomas de Correntoso y el terreno de la Mutual Policial, en el acceso al Cerro Belvedere.

Son miembros de la Comunidad Paicil Antriao que participaron de las ocupaciones simultáneas de tierras ejecutadas en febrero de este año.

El fiscal jefe había dado la orden a la policía para que desocupe las tierras, pero la policía aún no ejecutó la medida.

En ambos predios la Comunidad levantó varias construcciones.

La audiencia de hoy será presidida por el juez Juan Pablo Balderrama, quién hasta el año pasado se desempeñó como fiscal en La Angostura y conoce los pormenores del conflicto de tierra en la localidad.

Por otro lado, se informó que los propietarios del loteo San Ignacio, no han radicado la denuncia por usurpación del lote, por lo tanto la fiscalía no imputará a los ocupantes del lugar.


miércoles, 13 de mayo de 2015

Paicil Antreao lof no fue consultada por ruta que atraviesa su territorio


La comunidad Paicil Antriao en contra de la “Ruta de Circunvalación” dicen que no fueron consultados
Publicado el 13 may 2015


VLA// El proyecto de “Ruta de Circunvalación” va a generar consecuencias irreparables en la extensa y rica biodiversidad de nuestro territorio, el trazo del proyecto de 6 kilómetros aproximadamente, no es que va a arrasar con 27 mil plantas únicamente, sino con toda una biodiversidad que cuenta con cientos de elementos vivos existentes en el lugar, lo biológico y lo cultural hacen a nuestro supervivencia y al equilibrio de nuestro Ixofijmogen (naturaleza), todos eso elementos hacen a un eco- sistema a la cual están todos conectados entre sí, y que dependen uno del otro, nosotros como ce (personas) somos parte de ella también.

Desde nuestra Cosmovisión la concreción de este trazo traería como consecuencia un desequilibrio y un desastre natural irreversible, que no se remplazaría con ningún programa de remediación o rehabilitación existente, además que traería como consecuencia el desmoronamiento y movimiento de suelo, desaparición de los menukos en los mallines, vertientes, inundaciones permanentes, etc.

Como fruto del “desarrollo” nos quieren imponer este proyecto que apunta a concretar el Corredor bioceánico(ruta industrial) o sea que además que nos arrasarían con una parte de la naturaleza para el trazo, después nos contaminarían con las distintas variedades de tóxicos que circularían por la ruta.

Como comunidad mapuche vamos a ser afectados ante este proyecto, y aún no hemos sido consultados!!

¿Que es el CLPI: consentimiento, libre, previo e informado?

CONSENTIMIENTO: es un derecho colectivo que como comunidad mapuce tenemos y que lo demás deben respetar, esto significa que nuestra comunidad, como conjunto, y acorde a nuestra cosmovisión y nuestra forma tradicional, tenemos el derecho de otorgar o negar nuestro consentimiento, libre previo e informado.

LIBRE: de,fuerza intimidación, manipulación, coerción, o presión por parte de cualquier gobierno o empresa.

PREVIO: a la asignación de tierras para un uso específico y a la aprobación de proyectos específicos por parte del gobierno. Se les debe dar suficiente tiempo para considerar toda la información y tomar una decisión.

INFORMADA: se nos debe entregar toda la información relevante para que podamos tomar la decisión de expresar nuestro acuerdo –o negarlo–‐ para el proyecto. Además:

– Esta información debe estar a disposición en Un idioma que podamos comprender fácilmente.

– Debemos tener acceso a información independiente, no sólo la información provista por el ejecutor del proyecto o el gobierno.

– También debemos tener acceso a expertos en materia legal y técnica, de así solicitarlo, que nos ayuden a tomar una decisión.


NESTOR ANTRIAO                                        MARIO RAILAF


http://www.diario7lagos.com/la-comunidad-paicil-antriao-en-contra-de-la-ruta-de-circunvalacion-dicen-que-no-fueron-consultados/

viernes, 8 de mayo de 2015

Puelmapu- Relevamiento territorial comienza en junio en Paicil Antriao Lof


En junio comenzará el relevamiento territorial mapuche en Angostura
Publicado el 07 may 2015

VLA//En un comunicado enviado por la Confederación Mapuche Neuquina aseguran que a principios de Junio se realiza la 1° reunión de trabajo junto al Equipo Provincial de Relevamiento Territorial que, en aplicación de la Ley 26.160 comenzara el trabajo del estudio técnico jurídico catastral antropológico de las tierras demandadas por el Lof Paicil Antriao.

                        Comunicado:

Informamos a los integrantes del Lof Paicil Antriao y a la sociedad de Villa la Angostura que está preocupada por encontrar el mecanismo para resolver la disputa histórica de tierras en nuestra Villa que a principios de Junio se realiza la 1° reunión de trabajo junto al Equipo Provincial de Relevamiento Territorial que, en aplicación de la Ley 26.160 comenzara el trabajo del estudio técnico jurídico catastral antropológico de las tierras demandadas por el Lof Paicil Antriao. 

Luego de muchos esfuerzos hemos logrado coincidir el gobierno provincial, el intendente de Villa la Angostura y las autoridades del Lof Paicil Antriao para utilizar esta herramienta que la ley nos da para encontrar formas de convivencia desde el respeto a los derechos mapuche.

Toda la comunidad pone su mejor disposición para este objetivo. 

Iremos informando de los avances al respecto.


Ernesto Antriao – Longko                                                Mario Railef – Werken


martes, 14 de abril de 2015

Invitación a Charla/Conferencia con Francisco Cali Tzay del CERD de la ONU



INVITACIÓN:

EL LOF PAICIL ANTRIAO INVITA A ORGANIZACIONES SOCIALES, PÚBLICO EN GENERAL A LA CHARLA - CONFERENCIA QUE DARÁ EL PRESIDENTE del COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL DE LA O.N.U. (CERD) FRANCISCO CALI TZAY DE GUATEMALA.

DURANTE SU VASTA TRAYECTORIA EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS INDÍGENAS, FRANCISCO CALI TZAY HA SERVIDO EN LA DIRECCIÓN DE VARIAS ORGANIZACIONES DE PUEBLOS INDÍGENAS, ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y DE GOBIERNO, EN GUATEMALA. 

ADEMAS, FUE INTEGRANTE DE LA COMISIÓN PRESIDENCIAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN RACIAL DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES DE GUATEMALA, DE LA COMISIÓN DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL ESCLARECIMIENTO HISTÓRICO EN GUATEMALA, ENTRE OTROS.

LA CHARLA SERA ESTE MIÉRCOLES 15 DE ABRIL, EN EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE (H.C.D) DE Villa La Angostura, 11HS. 

ENTONCES LOS ESPERAMOS PARA CONOCER MAS SOBRE LA REALIDAD INDÍGENA Y LOS PORMENORES DE CASOS GRAVES DE DISCRIMINACIÓN HACIA EL PUEBLO MAPUCE. 

FEY KAY MUTEN

VILLA LA ANGOSTURA, LUNES 13 DE ABRIL DE 2015

LOF PAICIL ANTRIAO
__________________________

Sepa más sobre el CERD: http://paicilantriao.blogspot.com/p/httpwww.html


miércoles, 8 de abril de 2015

Nuestra lucha por la preservación de la Madre Tierra...


 PAICIL ANTRIAO - SE RESPIRA LUCHA

El Logko Ernesto Antriao dirigiendo el Xawvn (asamblea) en los territorios en resguardos, vigilantes y atentos a lo que acontece rumbo al Relevamiento Territorial. 


Las familias que protegen lugares históricos de la comunidad de la voracidad de los empresarios, privados e inmobiliarias, están mas firmes que nunca en su objetivo de frenar las aspiraciones privadas de enriquecerse a través de la venta de tierra mapuche. 

Así lo deciden a este espacio de debate comunitario. 



        NEWENTULEYMI KOM PU CE!!!


CMN

Intentan que no se realice RELEVAMIENTO TERRITORIAL en nuestra lof



“Hay un grupo muy pequeño que está apostando para que no se haga el Relevamiento Territorial”

27/03/15 | Lo aseguró el Werken de la Confederación, Jorge Nahuel. “Ese grupo está conformado por algunas inmobiliarias que han especulado esta última década y que han estafado a gente que compró de buena fe, por algunos abogados que lucran con el conflicto y por operadores del municipio”. Por otro lado confirmó que el 15 de abril se realizará en Neuquén una reunión para definir la fecha para iniciar el Relevamiento Territorial. El Comunicado de la Confederación Mapuche.




El werken de la Confederación Mapuche Neuquina, Jorge Nahuel aseguró que “las actividades que se están llevando a cabo los jueves (en referencia a las convocatorias de los autodenominados “vecinos Autoconovocados por el cumplimiento de la Ley”), están generado un temor, una desconfianza en la población y se está promoviendo una violencia basada en el odio racial”.

“Nosotros decimos que el peor camino que puede adoptar el estado para buscar una salida al reclamo que desde hace años lleva adelante la comunidad Pasil Antriao, es el garrote o la represión. Sin embargo, este grupo pequeño y privilegiado de la Villa, está permanentemente agitando eso y tratando que se concrete un hecho de violencia contra la comunidad Mapuche”, indicó en el marco de una entrevista realizada ayer en FM Andina.

“Hay una decisión muy firme por parte del gobierno provincial, el municipal y el pueblo Mapuche, de implementar el relevamiento territorial. Eso surge de la Ley Nacional 26.160 y cuando el gobierno decide implementar dicho Relevamiento, no es gratuito porque está cumpliendo con la Ley”, contextualizó.

En este punto, marcó lo que denominó “una contradicción del gobierno comunal”. “Por un lado dicen que quieren cumplir con la Ley por el otro agitan el desalojo. El artículo 2° de la Ley dice que mientras se realiza el Relevamiento, se suspende todo tipo de medida civil o de desalojo contra la comunidad Mapuche”.

-¿Esto puede ser visto como una medida despareja por qué ustedes ocuparon las tierras recientemente y ahora no se los puede desalojar? Preguntó FM Andina.

“Puede ser visto así. Pero no está bien que el relevamiento llegue a través de una medida de fuerza como en este caso. Nosotros buscamos evitarla de todas las formas y en última instancia llegamos a la acción y eso es porque fracasó la gestión política y realmente sentimos una frustración muy grande porque entendemos que no fuimos efectivos en nuestro trabajo”. Cabe recordar que el gobierno provincial prometió hace mas de ocho años avanzar con el Estudio de Títulos que reclaman los descendientes aborígenes y aún no hay resultados concretos en este punto. “Eso nos deja una moraleja muy triste porque parece que la única forma que tenemos para ser escuchados por las autoridades, es la acción de fuerza y no puede ser ese el parámetro para que funcionen las instituciones”.

Reunión clave

Nahuel confirmó que el próximo 15 de abril se realizará una reunión en Neuquén para fijar la fecha de inicio del relevamiento territorial, un compromiso asumido en la última mesa de diálogo encabezada por la Provincia y en la cual participó el intendente Roberto Cacault.

Autoconvocados

“Es muy contradictorio que los autoconvocados planteen el respeto a la Ley, la Constitución porque nosotros lo venimos pidiendo hace años (…)hay un grupo muy pequeño que está apostando para que no se haga el Relevamiento, para que fracase y se vuelva atrás con esa decisión. Ese grupo está conformado por algunas inmobiliarias que han especulado esta última década y que han estafado a gente que ha comprado de buena fe, algunos abogados como (Héctor) Vénica que lucra con el conflicto porque atrás de conflicto está su negocio; ni hablar de operadores del municipio que han evitado que se logre llegar a una solución dialogada. Ese grupo de muy pequeño que promueve el odio racial y la violencia como única forma de responder a los Mapuches, se les va a caer la careta cuando comencemos a revisar los papeles que ellos tienen”.

En otro orden, Nahuel desestimó la supuesta confrontación entre la comunidad angosturense y la Comunidad Mapuche local: “nosotros queremos convivir, tener nuestros límites. Nosotros nunca hemos cortado un alambre o reventado un candado. Estas tres reivindicaciones están en calidad de Resguardo. No se lo quitamos a nadie. Siempre han sido territorios Mapuches y lo estamos resguardo para que dejen de hacer loteos las inmobiliarias de siempre. El relevamiento viene a resolver eso e incomoda mucho a ese pequeño grupo”, sostuvo.

Ayer, el Coordinador de la Comisión Ejecutora Interjuridiccional del Programa Nacional de Relevamiento, le confirmó a la comunidad mapuche local que “la reunión donde se define la fecha para relevar a Paicil Antriao es el 15 de Abril en Neuquen Capital”.

Comunicado

RELEVAMIENTO TERRITORIAL PARA AVANZAR EN UNA SOLUCIÓN DEFINITIVA A LA DISPUTA DE TIERRAS EN Villa La Angostura

El Lof Paicil Antriao espera confiado y movilizado la fecha de inicio de los trabajos del Equipo Técnico del Relevamiento Territorial, que definirá prontamente la Comisión Ejecutora Interjuridiccional (CEI) conformada por Nación, Provincia y la representación Mapuce.

Esto fue lo comprometido tras la Mesa Política lograda entre el Gobierno Provincial, el Municipio de Villa la Angostura y la propia comunidad Paicil Antriao. Una vez más, la decisión de defender el dialogo, fue la mejor salida a una situación que tiene décadas de vigencia y donde los palos y la represión nada resolvieron. Lo único que se logró, aplicando violencia hacia el Mapuce, fue acrecentar la división social y la desconfianza entre la comunidad y el pueblo.

Fueron muchos años de demanda para que el estado pusiera en marcha la ley 26.160 que se aprobó en 2006, pero que recién se puso en marcha en la provincia en 2014. Hoy el Programa de Relevamiento Territorial esta afirmado y ya ha realizado su plan de trabajo en casi la mitad de las comunidades mapuche de la provincia. Paicil Antriao como parte del Consejo Zonal Lafkence, que tiene base en Villa La Angostura, será la próxima comunidad a incorporar en el cronograma de trabajo que lleva adelante el Equipo Tecnico Operativo (ETO).

Recordemos que la Ley 26.160 se denomina “Ley de Emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras indígenas” y se ejecuta a través del Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas”.

En su artículo 1°, la Ley declara la emergencia en relación al tema tierras porque el fin último de dicha ley es lograr la pacificación social, la limitación a la extranjerización de la tierra y es también la antesala para obtener la propiedad comunitaria prevista en la Constitución provincial y nacional. Justamente, lo que se busca con esta ley es clarificar la situación jurídica de las tierras en conflicto, para de ese modo lograr erradicar las confrontaciones entre particulares, y lograr así una convivencia social pacífica y en un marco de seguridad jurídica.

El artículo 2° de la Ley señala expresamente: Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1º.

Pewmagen!

Confederación Mapuche de Neuquén (CMN)

Aporte del Consejo Deliberante para aplicación de Ley 26 160


IMPORTANTE APORTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE VLA PARA QUE SE APLIQUE LA LEY 26.160 DE EMERGENCIA TERRITORIAL INDÍGENA EN PAICIL ANTRIAO (APROBADO por UNANIMIDAD)

COMUNICACION Nº 02/13

VISTO: El Expte. 17- PJ-13 y la Ley N° 26160 y la necesidad del relevamiento técnico, jurídico catastral ordenado por la misma, y:

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la necesaria pacificación social de la ciudad de Villa la Angostura y dada la necesidad actual de armonizar intereses y avanzar en el cumplimiento de las mandas constitucionales, procurando superar las situaciones de conflicto;
Que, la Ley Nacional Nº 26.160 declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, por el término de CUATRO (4) años, suspendiendo por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias de actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las referidas tierras;

Que asimismo, dicha ley establece que durante los TRES (3) primeros años, contados a partir de la vigencia de la misma, el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS deberá realizar el relevamiento técnico -jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas;

Que, específicamente, el relevamiento técnico jurídico catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas dispuesto por el artículo 2º de la citada norma, implicará dar cumplimiento a lo prescripto en el artículo 14.2 del Convenio Nº 169 Organización Internacional del Trabajo (OIT);

Que, a partir de dicha ley el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1122/07 ha establecido su reglamentación y la Resolución 587/07 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas ha creado el Programa Nacional de "Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas - Ejecución de la Ley Nº 26.160"; 

Que, pasados siete años de la sanción de la ley nacional no se ha relevado aún ninguna comunidad indígena en la Provincia de Neuquén, siendo ésta una de las dos provincias (junto con Formosa) que estuvo hasta el año 2012 sin convenio entre Nación y Provincia para su aplicación;

Que, el 22 de junio de 2012 el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, representado por su presidente Daniel Fernández y la Provincia de Neuquén, representada por el Ministro de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo, Dr. Claudio Gabriel Gastaminza y el Fiscal de Estado, Dr. Raúl Miguel Gaitán, celebraron el Convenio Interjurisdiccional para la ejecución del Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas;
Que, la cláusula tercera del Convenio, dispone que las comunidades que serán relevadas serán aquellas reconocidas a esos efectos por la Comisión Ejecutora Interjurisdiccional;
Que, a los efectos de determinar las comunidades objeto de relevamiento el Convenio marco incorpora un Anexo I en el que figuran las comunidades Kinxikew y Paichil Antreao;
Que, la falta de certeza en las situaciones territoriales actuales de esas comunidades indígenas ha significado un sinnúmero de conflictos de índole social, económica y judicial;
Que, el Concejo Deliberante se ha comprometido a proteger los derechos de los ciudadanos de Villa la Angostura y procurar una mejor calidad de vida;

Por ello y conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal.

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa la Angostura
En Sesión Ordinaria del día 04 de marzo de 2013 – ACTA Nº 1507.-
EMITE LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN

ARTICULO 1º )COMUNICASE a las Autoridades del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y al Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo de la Provincia de Neuquén dar cumplimiento de manera urgente, efectivizando el Relevamiento territorial tal cual lo estipula y ordena la Ley N°26160.-

ARTICULO 2 º) COMUNÍQUESE. Cumplido. Regístrese. Publíquese. Archívese.-

FDO. Silvana Gordillo ( Presidente CD)
Beatriz Tyczynski (Secretaria CD)

RELEVAMIENTO TERRITORIAL, asunto de JUSTICIA en VLA


RELEVAMIENTO TERRITORIAL PARA AVANZAR EN UNA SOLUCION DEFINITIVA A LA DISPUTA DE TIERRAS EN Villa La Angostura.

El Lof Paicil Antriao espera confiado y movilizado la fecha de inicio de los trabajos del Equipo Técnico del Relevamiento Territorial, que definirá prontamente la Comisión Ejecutora Interjuridiccional (CEI) conformada por Nación, Provincia y la representación Mapuce.

Esto fue lo comprometido tras la Mesa Política lograda entre el Gobierno Provincial, el Municipio de Villa la Angostura y la propia comunidad Paicil Antriao. Una vez más, la decisión de defender el dialogo, fue la mejor salida a una situación que tiene décadas de vigencia y donde los palos y la represión nada resolvieron. Lo único que se logró aplicando violencia hacia el Mapuce fue acrecentar la división social y la desconfianza entre la comunidad y el pueblo.
Fueron muchos años de demanda para que el estado pusiera en marcha la ley 26.160 que se aprobó en 2006, pero que recién se puso en marcha en la provincia en 2014. Hoy el Programa de Relevamiento Territorial esta afirmado y ya ha realizado su plan de trabajo en casi la mitad de las comunidades mapuche de la provincia.


Paicil Antriao como parte del Consejo Zonal Lafkence, que tiene base en Villa La Angostura, será la próxima comunidad a incorporar en el cronograma de trabajo que lleva adelante el Equipo Tecnico Operativo (ETO).

Recordemos que la Ley 26.160 se denomina “Ley de Emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras indígenas” y se ejecuta a través del Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas”.
En su artículo 1°, la Ley declara la emergencia en relación al tema tierras porque el fin último de dicha ley es lograr la pacificación social, la limitación a la extranjerización de la tierra y es también la antesala para obtener la propiedad comunitaria prevista en la Constitución provincial y nacional. Justamente, lo que se busca con esta ley es clarificar la situación jurídica de las tierras en conflicto, para de ese modo lograr erradicar las confrontaciones entre particulares, y lograr así una convivencia social pacífica y en un marco de seguridad jurídica.

El artículo 2° de la Ley señala expresamente: Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1º.

Pewmagen!

lunes, 16 de marzo de 2015

Comunicado contra Abuso de Autoridad del Fiscal


Al Sr. Fiscal que resulte designado para el presente caso:


Ernesto Antriao y Mario Railaf, Lonko y Werken respectivamente de la Comunidad Paichil Antreao venimos a presentar denuncia por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad (articulo 248 del código penal) por parte de funcionarios de este Ministerio Público Fiscal, de acuerdo a los hechos y derecho que exponemos seguidamente:

Hemos tomado conocimiento por los medios de comunicación de esta localidad acerca de la existencia de una “orden de desalojo” que habría sido emitida por algún alto funcionario de este Ministerio Público Fiscal, contra la Comunidad Paichil Antreao y sus miembros, la que explícita o implícitamente incluye los domicilios de éstos últimos.

En caso de ser cierta la noticia y de existir dicha orden, la misma configuraría claramente el delito de abuso de autoridad previsto y reprimido por el artículo 248 del código penal por cuanto ni el código procesal ni la ley del Ministerio Público Fiscal autorizan la realización de ese tipo de órdenes, puesto que en el actual sistema procesal (al igual que en el anterior) las decisiones de uso de la fuerza estatal sólo pueden ser autorizadas por un juez. El fiscal, como claramente lo establecen el código y la ley 2893, no puede realizar medidas de coerción y mucho menos autorizar el ingreso a domicilios, máxime tratándose de territorios comunitarios indígenas protegidos por expresas normas de derechos humanos (artículos 13, 14 y 16 del Convenio 169 de la O.I.T. y Ley 26.160).

En consecuencia una orden de ese tipo dirigida a la Policía sólo puede realizarse en abuso de las funciones y utilizando una prevalencia jerárquica que únicamente debe ejercerse dentro de los términos de la competencia dada por ley.

Es por ello que solicitamos que se inicie legajo de investigación por el delito de abuso de autoridad y se secuestre la “orden de desalojo” en caso de que ella exista como principal prueba de la existencia del delito.


Ernesto Antriao y Mario Railaf (Logko y Werken)

Concejales del MPN y PRO demuestran actitud racista al aprobar ordenanzas que violan el derecho a la "CONSULTA"



El MPN y el PRO aprobaron sacar la palabra “Cacique” a la calle “Cacique Antriao” y estalló la polémica

13/03/15 | En medio de la discusión territorial y cuando está planteada una Mesa de diálogo, el oficialismo aprobó dos proyectos que estaban desde hace meses. Una de las ordenanzas le saca la designación "Cacique" a la calle Cacique Antriao y otra aprueba un loteo en la Mutual Policial, ocupada recientemente por la comunidad. Los pormenores de la sesión en donde integrantes de la Comunidad Mapuche acusaron a los concejales de "ladrones de guantes blancos". 
Ver fotos.
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En el marco de una sesión extraordinaria realizada ayer, el MPN y el PRO aprobaron dos proyectos que dejaron en claro cual es la postura de ambos bloques respecto del conflicto Mapuche en la localidad.
La sesión se realizó con una importante presencia de público. Estuvieron presentes todas las partes involucradas en los reclamos territoriales (integrantes de la comunidad Paisil Antriao, descendientes mapuches que no están dentro de la comunidad, propietarios de las tierras en conflicto, vecinos particulares y al menos ocho efectivos policiales). 
Pese tener visiones contrapuestas, no se suscitaron inconvenientes.
La Excepción para la Mutual Policial
El primero de los proyectos tratados ( ver nota a parte) fue una excepción que permite a la Mutual Policial proceder con una subdivisión siemple en el loteo que tiene en el acceso a la cascada Inacayal y que destinará a un barrio de viviendas.
En este punto, el concejal José Picón mostró una copia de la escritura de dichas tierras y explicó que una persona que realizó una Usucapión veinteañal, fue quien originalmente vendió esa tierra que luego adquirió la Mutual.
Según explicó el edil del Justicialismo, “no hay ninguna prueba de que el vendedor original de la parcela haya vivido en el lugar y haya hecho alguna mejora”. En caso de ser así, dicho proceso de Usucapión sería irregular y por ende, la venta del inmueble.
En este contexto, es que Picón pidió que se postergue el tratamiento de la Excepción hasta tanto se conozca el resultado del estudio del Titulo de propiedad y remarcó que actualmente se el Gobierno de Neuquen ( por medio del Ministro Jorge Lara) se comprometió a avanzar en dichos estudios. Navarro coincidió con la postura de su ex compañero de bloque y pidieron el Pase a Comisión del Proyecto. Esta instancia no fue aprobada por el MPN y el PRO quienes impulsaron la votación del mismo y terminó aprobado por 5 votos contra 2.
La calle Cacique Antriao
El segundo proyecto que disparó polémica, fue la anulación de la palabra “Cacique” a la calle Cacique Antriao.
El pedido de anulación del término, estuvo avalado por los descendientes directo de Ignacio Antriao, hombre por el cual la calle llevaba el nombre de “Cacique Antriao”.
En este caso la discusión fue más de carácter simbólico, ya que desde un sector explicaron que “en todo caso” el término correcto debió ser “lonko” porque la palabra “cacique” no es originaria del pueblo Mapuche.
El proyecto también fue aprobado con los votos del MPN y el PRO.
Al término de la sesión, Isolina de Antriao hizo uso de la palabra y remarcó varias veces en su alocución: “ Ignacio  Antriao nunca fue cacique”. En este contexto hizo también un llamamiento a “buscar la verdad en todo este tema”.
Luego, integrantes de la Comunidad Mapuche local también hicieron uso de la palabra. Tanto el werken de la comunidad Mario Railaf, como el werken de la Confederación Florentino Nahuel, aseguraron que “los vecinos que compraron sus tierras de buena fé, no tienen nada que temer”.
Incluso sostuvieron que “no se harán reclamos en las parcelas donde los vecinos ya tienen construidas sus casas”. Por otra parte, volvieron a pedir que se avance con el estudio de títulos que comprometió el gobierno provincial y que se de efectivo cumplimiento a lo que establece la Ley Nacional 26.160 que frena los desalojos Aborígenes hasta que se realicen el Relevamiento Territorial.
Los gestos
Sin provocar ningún tipo de incidente, pero con una manifiesta dureza, los itnegrantes de la comunidad Mapuche local mostraron su enojo con la postura del MPN y del PRO.
Sentados en primera fila, expusieron la bandera del pueblo originario y carteles que sostenían: “ Son ladrones de guantes blanco”, “No nos roben la historia”, “Somos Antriao”, “No roben identidad, historia y tierra”.
En un pasaje de la sesión y mientras la Secretaria del Concejo leía el proyecto de ordenanza Excepción a favor de la mutual policial, Sofía Antiao se levantó de su silla y le enrostró al concejal Zwnack en primer término y luego al bloque del MPN y por último a la presidencia del cuerpo, el cartel que decía: “ son ladrones de guantes blanco”. Ninguno de los ediles respondió el gesto.
http://www.diarioandino.com.ar/diario/2015/03/13/el-mpn-y-el-pro-dieron-dos-claras-senales-de-su-postura-en-el-conflicto-mapuche/
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Las ordenanzas completas: la Excepción a la Mutual Policial y el cambio de nombre de la calle Cacique Antriao

13/03/15 | Los textos completos de las dos normativas que aprobaron ayer el MPN y el PRO: “Creación del Organismo Municipal de Ejecución y Fiscalización de Viviendas Sociales” y “Asignación de nombre Ignacio Antriao a calle del Barrio Norte-Lomas de Correntoso”
mapuches concejo (3)
AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A APROBAR SUBDIVISION SIMPLE EN LOTE NC 16-20-56-5601”.-
 VISTO:
El Expediente 68- MPPN-09;
CONSIDERANDO
Que; se encuentra como antecedente la Ordenanza N° 2244/09, por la que se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar planos para la construcción de dieciséis (16) viviendas multifamiliares y un salón de usos múltiples, en el lote NC 16-20-56-5772, propiedad de la Mutual del Personal Policial de la Provincia del Neuquén;
Que;  ingresa nota de fecha 10 de Febrero de 2015, presentando croquis a fs 24,  solicitando la autorización para realizar sobre el lote 5f3B, la subdivisión simple del lote, generando veinte (20) lotes, la cesión de calle pública de diez (10) metros de ancho; cediendo también el lote Nro 9 para “espacio verde”;
Que; se encuentra aprobada la mensura del lote 5f4, conforme  Expte 3796-3485/06, dato aportado por la institución a fs. 29 y corroborado por la Dirección Municipal de Catastro, quien ha suministrado la información actualizada (fs. 32 y 33);
Que;  es necesario reformular la distribución parcelaria atento a la existencia de un acueducto que atraviesa el inmueble y que no permite la construcción en dicha área;
Que; si bien dicha subdivisión genera un espacio verde, facilita la accesibilidad y conectividad de esta zona, permitiendo regularizar la situación de muchas familias adquirentes de lotes que integran la Mutual Policial;
Que; se han presentado autoridades locales de la institución solicitando la normativa que les permita continuar con los trámites pertinentes a fin de concretar la construcción de las viviendas;
Que; a fs 31 obra nota de las autoridades de la institución policial quienes manifiestan estar en conocimiento de la presencia personas que dicen pertenecer a la comunidad mapuche y quienes han ocupado el lote de manera clandestina e irregular, siendo necesario tomar las acciones legales para la recuperación del mismo;
Que; este cuerpo legislativo ve con agrado la posibilidad de autorizar la subdivisión simple de los lotes mencionados, facilitando la ubicación de las parcelas, considerando la presencia del acueducto y favoreciendo la urbanización de quienes son propietarios conforme la Escrito Pública N° 40 que obra a fs.03/06 y fs. 25 a 28 respectivamente;
Por ello y conforme a lo dispuesto en el Art.107 de la Carta Orgánica Municipal
El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa La Angostura.
En Sesión Ordinaria del día 12 de Marzo  2015- ACTA  N°1580.- 
SE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
 ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE  al Poder Ejecutivo Municipal a aprobar la subdivisión simple del lote Nomenclatura Catastral 16-20-56-5772, propiedad de la Mutual del Personal Policial de la Provincia del Neuquén; todo ello conforme los planos que obran a fs. 24, 32 y 33 del presente expediente.-
ARTÍCULO 2º: COMUNIQUESE  al presentante y a la Dirección Municipal de Catastro.-
 ARTICULO 3º: PASE al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.
Fdo. Silvana Gordillo (Presidente CD)
Mariana Cerruti (Secretaria CD)

TÍTULO: “ASIGNACIÓN DE NOMBRE IGNACIO ANTRIAO A CALLE DEL BARRIO NORTE-LOMAS DE CORRENTOSO”
VISTO:
El expediente 24-2009-HAI; y
CONSIDERANDO:
Que; se presentan los legítimos herederos del Sr. Enrique Antriao, mediante nota de fecha 26 de Marzo de 2014, solicitando se modifique el nombre de la calle denominada Cacique Antriao designándola como Ignacio Antriao;
Que, los mismos son legítimos herederos del Sr. Enrique Antriao que tramita ante el Juzgado de la ciudad de Junín de los Andes y en tal carácter manifiestan este pedido;
Que; fundamentan que la familia Antriao es de ascendencia chilena y que llegaron a esta región hacia fines de 1800;
Que; mencionan que “si bien la familia Antriao era descendiente de mapuches  nunca vivieron en comunidad”;
Que; asimismo explican que su apellido “está siendo usado y manoseado injustamente por gente que en su mayoría no es de nuestra localidad” y solicitan que este cuerpo legislativo consideremos esta petición;
Que; se realizaron reuniones con el Sr. Railaf, donde se comprometió a aportar datos y documentación que avalen su postura de negativa al pedido de la familia Antriao, lo cual nunca se concretó a la fecha;
Que; se ha relevado información en la Dirección Municipal de Catastro quien informa que no existe ordenanza disponiendo la denominación de la calle, pero han suministrado la información que obra a fs…. donde Ignacio Antriao firma por su propio nombre, al tiempo de realizarse las mensuras que darían origen a los barrios Norte y Lomas de Correntoso;
Que; ha transcurrido aproximadamente un año del pedido de la familia Antriao y en las actuales circunstancias que vive Villa La Angostura, donde es necesario generar condiciones para el cumplimiento de la ley y el respeto por la identidad e historia de la familia Antriao;
Que; de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 95, inciso 17 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde al Concejo Deliberante sancionar ordenanzas para asignar los nombres a las calles;
Que; por todo lo expuesto, este Concejo Deliberante, en virtud del pedido de la familia y compartiendo los fundamentos expuestos, ha resuelto cambiar el nombre de la calle Cacique Antriao, y asignar el nombre de Ignacio Antriao a la calle pública que se encuentra ubicada entre la Ruta 40 que finaliza en el Mirador de Lago Correntoso de Barrio Epulafquen y que divide los Barrios Norte y Lomas de Correntoso, respectivamente;
Por ello y Conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal
El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa la Angostura
En Sesión Ordinaria del día 12 de Marzo de 2015- ACTA Nº ….-
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: ASIGNASE con el nombre de IGNACIO ANTRIAO a la calle pública ubicada entre la Ruta 40, que finaliza en el Mirador de Lago Correntoso de Barrio Epulafquen y que divide los Barrios Norte y Lomas de Correntoso, respectivamente.-
ARTÍCULO 2º: COMUNIQUESE a la Dirección de Catastro de la Municipalidad de Villa La Angostura la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º: PASE al Departamento Ejecutivo. Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.

viernes, 6 de marzo de 2015

Territorio ancestral Paicil Antriao Lof- 1


CARTAS DE LECTORES

Conflicto de tierras: “Algunas reflexiones en relación al actual (e histórico) conflicto”

6/03/15 | El Dr. Alejandro Balazote,  Dr. Juan Carlos Radovich, Dr. Sebastián Valverde,  Lic. Florencia Trentini y la  Prof. Alejandra Pérez, escriben en relación al conflicto histórico y actual por las ocupaciones de tierras en el Belvedere y expresan su apoyo a la mesa de diálogo iniciada.
conflictomapuche13
Buenos Aires, 5 de marzo de 2015
Como profesionales con un largo trabajo en la zona en relación a las comunidades Mapuche, no podemos mantenernos al margen de los últimos hechos acaecidos en Villa la Angostura. No creemos necesario iniciar una extendida exposición sobre diferentes argumentos y temas que hemos escrito de manera continuada y detallada; como así tampoco consideramos imperioso exponer la documentación de los múltiples rastreos realizados (del cual se han efectuado diferentes presentaciones públicas), ya que se pueden consultar las múltiples publicaciones y relevamientos.
Pero sí, queremos resaltar que el ingreso de capitales vinculados a negocios inmobiliarios vienen afectando las condiciones de vida de los pobladores e integrantes de la comunidad, cuyas familias residen en la localidad desde los inicios (o incluso) antes de la misma.
La Comunidad Paichil Antriao es consciente de esa sucesión de acontecimientos con los que se los ha perjudicado desde hace décadas, desde la primera mensura que se hizo del ejido municipal de la Villa (en 1940). No obstante, no se encuentran reclamando los límites originales del lote n° 9, (lo que incluiría la actual Plaza, la estación de servicio del ACA e inclusive el edificio municipal) sino la necesidad de resguardar el territorio del Cerro Belvedere que desde hace años, a pesar del reclamo territorial, es materia de negocios y especulación inmobiliaria, aunque muchos puedan adquirir estas tierras “de buena fe”, desconociendo esta situación.
No está de más recordar a la sociedad en general y en especial a quienes una y otra vez reclaman por seguridad jurídica, que el Congreso Nacional aprobó la Ley 26.160 (en el año 2006 y prorrogada en 2013) de emergencia en materia de los territorios donde se asientan las comunidades indígenas del país, que incluye la realización de un relevamiento jurídico-catastral. Uno de los estados provinciales donde se encuentra más demorada la aplicación de esta normativa es precisamente la Provincia de Neuquén. Tampoco está de más recordar que la comunidad Paichil Antriao acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de estados Americanos (OEA), quién falló a favor de la misma, ante las diversas irregularidades e incumplimientos de las normativas y convenios internacionales vigentes. Precisamente, la medida efectuada por la comunidad, apunta a solicitar que se cumpla la medida cautelar dictada a su favor por la CIDH.
Por todo lo expuesto, queremos mostrar nuestro apoyo al diálogo recientemente iniciado entre el Lof Paichil Antriao y las autoridades del Municipio y de la Provincia del Neuquén. Diálogo por el que venimos bregando desde los inicios de nuestro trabajo en el territorio de la Comunidad hace ya varios años.
Por último, repudiamos los comentarios y discursos estigmatizantes que vienen circulando en la región en relación a este pueblo indígena y la Comunidad Paichil Antriao, que además de tener un contenido fuertemente racista y profundamente antidemocrático, desconocen el marco jurídico vigente y el conocimiento académico de varias décadas, buscando negar la preexistencia y los derechos del pueblo originario mapuche.
Dr. Alejandro Balazote – Fac. de Filosofía y Letras – UBA / CONICET.
Dr. Juan Carlos Radovich – Fac. de Filosofía y Letras – UBA / CONICET – Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL).
Dr. Sebastián Valverde – Fac. de Filosofía y Letras – UBA / CONICET.
Lic. Florencia Trentini – Doctoranda – Fac. de Filosofía y Letras – UBA.
Prof. Alejandra Pérez – becaria y Doctoranda – Fac. de Filosofía y Letras – UBA.


lunes, 2 de marzo de 2015

Puelmapu/Neuquen: Resguardo territorial Mapuche en Villa La Angostura

VILLA LA ANGOSTURA.- En la mañana de este miércoles 25 de febrero, la comunidad Mapuche Paichil Antriao comenzó un proceso de resguardo sobre su espacio territorial en el Cerro Belvedere. Exigen al poder politico respuestas para que se garanticen sus derechos y demandas históricas.

Alrededor de 25 familias Mapuche resguardan su espacio territorial ante el avance de varios emprendientos privados, incluyendo tierras que ocupa la estrella de la NBA, "Manu" Ginobilli.

En 1902 el Estado argentino otorgó 625 hectáreas a la comunidad Paichil-Antriao, luego de la mal llamada "Campaña al desierto". A lo largo de las décadas los Mapuche fueron perdiendo sistematicamente su territorio comunitario.

                                        COMUNICADO PUBLICO

Desde Paicil Antreao – Villa La Angostura, Puelmapu

Informamos a la opinión pública local, nacional e internacional que las autoridades mapuche del Lof PAICIL ANTREAO, hartos de espera y de manoseo por parte de las autoridades políticas de lo que hoy es Villa la Angostura, Neuquén, Argentina, Puel Mapu han procedido en las primeras horas de hoy, miércoles 25 de febrero de 2015, a poner en resguardo su territorio comunitario y construir el hogar que dará cobijo a más de 20 familias de nuestro Lof Paicil Antreao. Los empresarios, políticos y famosos que pretenden lotear nuestras tierras, tienen el amparo del municipio de ROBERTO CACAULT y por eso necesitamos urgentemente la intervención de las autoridades provinciales para frenar este despojo.

Entre los nombres más resonantes de la usurpación, y cuya única respuesta fue pretender procesar a nuestras autoridades mapuche, se encuentra EMANUEL GINOBILI, ídolo popular y estrella de la NBA. Desde el preciso momento en que GINOBILI se apropia de nuestras tierras, años atrás, intentamos tomar contacto con él para que entienda que fue estafado en su buena fe, comprando tierra mapuche. La única respuesta que recibimos fue la orden que dio a su equipo jurídico para que inicie el procesamiento de nuestras autoridades mapuche (Logko y Werken).

La historia de despojo de las tierras que el gobierno otorgó (625 hectáreas) a la familia Paicil y Antreao en 1902, a cargo del propio Julio A Roca, se inició décadas atrás. Contó con la complicidad de organismos públicos, jueces, escribanos, directores de tierra, intendentes, etc. Toda esta historia de abuso quedó graficada en el Relevamiento y Mapeo Cultural que se realizó con recursos propios y que está intensamente documentado por el equipo técnico jurídico catastral que durante dos años reunió todos los antecedentes para hacer justicia con la comunidad (véase http://paicilantriao.blogspot.com ).

Esto justificó en septiembre de 2012 la visita del Relator Especial de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas, Dr. JAMES ANAYA.

Ante la falta de respuesta de la justicia local, apelamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que dictó una medida cautelar a favor de nuestra comunidad, lo cual fue posteriormente ratificado por la justicia local. Sin embargo, no se tomaron las medidas necesarias para que los usurpadores restituyeran las tierras mapuche. A ningún nivel los responsables políticos tomaron con seriedad el tema y mas bien ningunearon cada reclamo, continuando con la labor de planificar nuevas inversiones y loteos frente a nuestras propias narices.

La acción de hoy, con más de 20 familias construyendo nuestras viviendas sobre la tierra que no abandonaremos, es un acto de estricta justicia y legitimidad. ¿Quién responde a nuestro llamado de Justicia? Aquí estamos esperando a esos responsables para generar un espacio de diálogo político verdadero.

¡BASTA DE REPRESIÓN Y RACISMO CONTRA LA COMUNIDAD MAPUCE PAICIL ANTREAO!


¡RECONOCIMIENTO TERRITORIAL Y RELEVAMIENTO URGENTE!


Ernesto Antreao - Longko

Mario Railaf - Werken

Contactos:

02942- 15406776

0294- 154393243


VIDEO de canal mapuche Wallkintùn: http://youtu.be/xTavDLWTocc






jueves, 26 de febrero de 2015

Medidas cautelares otorgadas por la CIDH en abril de 2011 a nuestra lof



MC 269/08 – Miembros de la Comunidad Lof Paichil Antriao del Pueblo Indígena Mapuche, Argentina

El 6 de abril de 2011, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de los Miembros de la Comunidad Lof Paichil Antriao del Pueblo Indígena Mapuche. 

La solicitud de medida cautelar alega que existe una situación de gravedad y urgencia y riesgo de daños irreparables derivados de actos de hostigamiento; que existe un riesgo de destrucción de un lugar sagrado conocido como Rewe; que se obstaculiza el acceso de los miembros de la comunidad Lof Paichil Antriao a Rewe, y que familias de la comunidad fueron desplazadas del territorio que reclaman como tierra ancestral. 

Adicionalmente se alega que si bien este Rewe actualmente está protegido por una medida judicial interna, los miembros de la Comunidad no han podido acceder al mismo para el desarrollo de las prácticas rituales exigidas por su cultura. 

También se indica que las familias que se encuentran desplazadas en las zonas aledañas al territorio en disputa se encontrarían con una situación precaria de salud y alimentación. 

La Comisión Interamericana solicitó al Estado de Argentina que adopte las medidas necesarias para garantizar que la medida judicial de no innovar que actualmente protege al Rewe ubicado en el predio objeto del litigio no sea levantada hasta que la CIDH decida sobre los méritos de la petición 962-08, actualmente en estudio. 

En este aspecto, la Comisión también solicitó al Estado que adopte medidas para que dicha medida judicial sea efectivamente cumplida, de manera tal que se preserve este lugar sagrado. 

Adicionalmente, la CIDH solicitó que el Estado adopte las medidas necesarias para garantizar que los miembros de la comunidad Lof Paichil Antriao que requieran acceder al Rewe para desarrollar sus prácticas rituales puedan hacerlo, sin que la Policía u otros grupos de seguridad o vigilancia públicos o privados obstaculicen su acceso y permanencia en el lugar durante el tiempo que quieran, y sin que se presenten episodios de violencia, agresión, hostigamiento o amenazas por parte de la Policía o de tales otros grupos de seguridad. 

Finalmente, se solicitó al Estado adoptar las medidas necesarias para atender a la salud de las familias de la comunidad que se encuentran desplazadas en zonas aledañas al territorio en disputa a fin de garantizar su bienestar.


http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/cautelares.asp

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14 enero, 2010

La CIDH - OEA requiere informe sobre situación de Derechos Humanos Comunidad Paichil Antriao en Villa La Angostura

Es ante el pedido de medidas cautelares que envió al organismo la Confederación Mapuce de Neuquén para suspender la orden de desalojo hacía la comunidad Paichil Antriao, en la localidad de Villa la Angostura.

La CIDH insta al Estado nacional a informar sobre “las medidas que se han tomado respecto de los actos de agresión denunciados por los solicitantes a miembros de la Comunidad Mapuche Lof Paichil Antriao de la provincia de Neuquén, Argentina.”





La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicita informe al Estado argentino por situación en el Lof Paichil Antriao.



Es ante el pedido de medidas cautelares que envió al organismo la Confederación Mapuce de Neuquén para suspender la orden de desalojo hacía la comunidad Paichil Antriao, en la localidad de Villa la Angostura.


La CIDH insta al Estado nacional a informar sobre “las medidas que se han tomado respecto de los actos de agresión denunciados por los solicitantes a miembros de la Comunidad Mapuche Lof Paichil Antriao de la provincia de Neuquén, Argentina.”

Como así también de “las situaciones alegadas por los solicitantes, particularmente con referencia a que los desalojos de la comunidad se estarían llevando a cabo en desconocimiento de la Ley 26.160.”


El organismo internacional requiere además “el estado de la revisión territorial para formalizar la titulación de la Comunidad Mapuche por parte del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) realice una revisión.”


Este requerimiento de la CIDH al Estado argentino se realiza en un contexto de violencia institucional del gobierno de la provincia de Neuquén contra la Confederación Mapuce y con un fuerte desplazamiento policial en la comunidad Paichil Antriao, lo que conlleva a la criminalización de la identidad mapuce.


El Estado nacional debe remitir a la CIDH la información solicitada en un plazo de diez (10) días.

Hacer click en el siguiente Link para ver solicitud oficial de CIDH caso Paichil Antriao: http://www.mapuexpress.net/images/publications/14_1_2010_12_33_50_1.pdf


miércoles, 25 de febrero de 2015

Puelmapu- VIDEO: Resguardo territorial, Comunidad Paicil Antriao, 25feb15


La comunidad mapuche Paicil Antriao decide continuar resguardando su territorio, invadido mediante fraudes por empresas inmobiliarias, particulares, burócratas del estado, etc.

A la comunidad se le reconocieron 625 hectáreas en el año 1902 por el naciente estado argentino, tras la invasión del territorio de la nación mapuche, libre hasta ese tiempo en el sur del continente.

Actuales dirigentes explican la acción de resguardo territorial en que se encuentra el territorio.

http://paicilantriao.blogspot.com.ar/

martes, 24 de febrero de 2015

Ensayo sobre el Despojo territorial comunitario del Lof Paichil Antriao en Villa La Angostura


“Ensayo sobre el Despojo territorial comunitario del Lof Paichil Antriao en Villa La Angostura. Modelos de desarrollo implementados y la intervención del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas”


Por: Emilce Mariel Ayala,  Número de Legajo: 113.454
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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE- FACULTAD DE TURISMO
Carrera: Licenciatura en Turismo
Evaluación Final Materia Optativa
POLÍTICAS DE INTERVENCIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO EN POBLACIONES RURALES
A cargo de: Dr. Marcelo Impemba

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Resumen

Villa La Angostura (VLA) forma parte del corredor turístico “De los Lagos” y está dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi internacionalmente reconocido por sus diversos bosques y montañas y las actividades turísticas que allí tienen lugar. Está cercana a otros centros turísticos de gran jerarquía y se ha constituido como el segundo centro turístico de la provincia de Neuquén.

Su calidad paisajística la instala en el imaginario popular como “paradisíaco” o “aldea de montaña” motes que en mayor o menor medida se enmarcan en los cuatro idearios básicos occidentales que se trata de comercializar: la conquista de la felicidad, el deseo de evasión, el descubrimiento del otro y el regreso a la naturaleza (Hiernaux-Nicolás:2002) donde lo mapuche se incorporó como una nota de color, como un “recurso” más para explotar el negocio turístico. ¿A qué responde esta caracterización? ¿Qué modelos de desarrollo subyacen en esta simbología? ¿Qué procesos solapan?

La imagen de VLA como una localidad “sin mapuche” es producto de la instalación de modelos hegemónicos del ser y del saber que se dieron en este territorio a lo largo de su historia.

Asimismo los procesos reivindicatorios de la Comunidad mapucePaichilAntriao han puesto en evidencia otros procesos históricos silenciados. Estos procesos fueron llevados a cabo en conjunto el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas cuya intervención también será analizada en el presente trabajo.

Palabras Clave: Comunidad Mapuce – Mapuche- Modelos de desarrollo – Conflicto territorial- Intervención

Desarrollo

El Conflicto con William Henry Fischer

El miércoles 25 de noviembre del 2009, se dio un desalojo violento de la comunidad mapuche PaichilAntriao, en el que dos familias mapuche fueron efectivamente desalojadas de esa parte del territorio que fue posteriormente habitada por el estadounidense William Henry Fisher quien detentaba el título de propiedad. Sin embargo, en el año 2013 la Justicia falló a favor de la comunidad PaichilAntriao por el reclamo de sus tierras en Villa La Angostura basándose en las recomendaciones que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó con intervención del Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (ODHPI)[1], aunque falta resolver la titularidad de las tierras y devolverla a la comunidad.

El conflicto con W. Fischer no representa las únicas vulneraciones al derecho de la propiedad comunitaria, sino que existen una serie de litigios judiciales por la posesión de las 125 has (de 605 has que les fueron “otorgadas” en 1902) entre particulares, entre los que se cuentan al basquetbolista Emanuel Ginóbili ( http://es.wikipedia.org/wiki/Emanuel_Gin%C3%B3bili ) y el mismo municipio de Villa La Angostura, que acusan a la familia PaichilAntriao con cargos como el de usurpación, entre otros.

Estos procesos además comportan una fuerte negación de esta familia como comunidades originarias y la criminalización de los mismos.

Breve revisión histórica y reseña de los modelos económicos implantados

En la región de la actual Patagonia argentina existen registros arqueológicos que constatan la presencia humana desde hace por lo menos 12.000 años. De estos Pueblos Originarios, desciende la comunidad Mapuche, que ha ocupado especialmente la zona norpatagónica a ambos lados de la Cordillera de los Andes desde antes de la creación del Estado- Nación de la Argentina.

Si bien la conquista “civilizatoria” en América Latina inicia hace 500 años con la llegada de los españoles sometieron, mataron y explotaron a los “indios” a lo largo del continente latinoamericano, en la zona patagónica de la actual Argentina, se terminaron de consolidar procesos similares hace algo más de 130 años con la denominada “Conquista del Desierto’” por la joven nación argentina, que tenía como presidente a Julio Argentino Roca.

El proyecto político, económico, social y cultural que se consolida en la Argentina sería el Liberalismo Clásico, imponiéndose el modelo económico agroexportador: Los países europeos industrializados, especialmente Inglaterra, adquirían las materias primas extraídas de este país no- industrializado, e ingresaba productos manufacturados en sus industrias al mercado nacional.

En este modelo se favorecía a los grandes terratenientes, existía una acérrima defensa de la propiedad privada y concentración del suelo, donde se hallaban los recursos económicos de más codiciados (Recalde: 2009). Es por ello que el trabajo de la tierra a los menores costes posibles era imprescindible. De esta manera “… los Mapuches serán insertados al “progreso” capitalista como mano de obra barata para los trabajos rurales, en la Colonia Pastoril Nahuel Huapi, proceso en el que además se los forzó a abandonar su propias pautas culturales para asimilarse lentamente a la argentina, pero con el imperecedero estigma de ser “indios” o “extranjeros no-europeos” (Ghioldi: 2009).

( [1]Es una Organización No Gubernamental (ONG), constituida bajo la figura legal de asociación civil, cuyo objetivo es la promoción y defensa de los derechos humanos de los pueblos indígenas, especializándose en los aspectos jurídicos. Fuente:http://odhpi.org/quienes-somos/objetivos/ )

En 1902 se hizo entrega, por parte del gobierno argentino, a los pobladores ancestrales José María Paichil e Ignacio Antriao (ya convertidos en agricultores), por sus aportes y servicios como guías baqueanos a los peritos en límites argentinos el lote 9 de la por entonces Colonia Nahuel Huapi, en la Patagonia(Aranda:2009).

Este territorio cumplía tanto funciones de explotación económica como funciones geopolítica que implicaba hacer efectiva la presencia argentina en un área de especial dinámica entre ambos lados de la cordillera. Cabe mencionar que para la “entrega” del lote 9 era condición necesaria la ciudadanía argentina para el usufructo de la tierra, negándoles a Paichil y Antriao cualquier otra identidad.

Un hecho de especial relevancia en la zona fue la creación de la Administración de Parques Nacionales (APN) que en 1934 creó el “Parque Nacional Nahuel Huapi”que de acuerdo con García y Valverde fue por mucho tiempo el principal referente del Estado nacional; detentó el control de los territorios como así también la capacidad de instalar infraestructura, definir cotos de caza y autorizar pobladores.

Fue también de acuerdo con estos autores un reproductor de la imagen simbólica alpina como ideal estético (2005).

Con respecto a los títulos de propiedad, APN tuvo un comportamiento dual: los expedía mayormente a los vecinos “prestigiosos” pero en los casos de personas de exiguos recursos (más aún cuando se tratase de chilenos o “indios”) expedía “permisos precarios”. (Méndez en García y Valverde)

Para entonces el modelo a instalarse en Argentina corresponde al Desarrollismo regresivo cuyo correlato de modelo económico sería el Modelo de Sustitución de Importaciones que “Involucra un desplazamiento de la inversión de los grupos a algunas ramas de la industria transfiriendo recursos del agro a estas actividades…” (Recalde: 2009) contexto en el cual la localidad cambiasu matriz económica de colonia agrícola pastoril a la industria maderera.


A partir de los años 90, momento de afianzamiento del proyecto neoliberal en la Argentina, esta localidad pasar a depender principalmente de la producción de servicios turísticos a generando el crecimiento de la especulación inmobiliaria en zonas de alto valor paisajístico catalizados por la pavimentación de la Ruta 231 que la comunica con Bariloche; en la década del 91 al 01 se dio el máximo crecimiento poblacional registrado.El perfil turístico que se definió es de alto nivel adquisitivo y elitista profundizado una imagen de lugar como de “aldea de montaña” donde además “no había mapuches”.

En el marco de la Argentina “agroexportadora” las tierras del lote 9 carecían de valor especial ante la “abundancia de territorios” razón por la cual les fue “cedida” a las familias Paichil- Antriao, sin embargo fueron siendo desplazados progresivamente en función de haber ido cambiado la lógica, y ante el crecimiento de VLA. Su territorio pasó a ser apropiado por grupos dominantes que detentan y/o detentaron distintas formas de poder además de los medios para su imposición.

Sin embargo “Luego de décadas de negarle su identidad como comunidad, los PaichilAntriao se reorganizaron en 2003, reafirmaron la pertenencia al Pueblo Mapuche y comenzaron a defender los últimos espacios territoriales. Iniciaron una serie de reclamos administrativos (ante el Estado Nacional, provincial y municipal) y acciones directas para la restitución de centenares de hectáreas que les fueron quitadas en las últimas décadas.

En 2007 tuvo el reconocimiento del Estado a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).

El pedido de fondo: la revisión de títulos y el reconocimiento de la propiedad comunitaria de las parcelas indígenas”(Aranda, 2009).


Esta reivindicación se da en un entorno que ofrece mayores garantías en términos de leyes nacionales e internacionales, producto de luchas reivindicatorias mayores y más extensas iniciadas años atrás por distintos pueblos indígenas latinoamericanos y en particular la Nación mapuce.


El trabajo del Observación de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas.

Desde el 2010 a inició un trabajo de relevamiento territorial en conjunto con un equipo interdisciplinario e intercultural con una activa participación de la Comunidad PaichilAntriao.

El principal producto de esta intervención es un Informe (posteriormente libro “Huellas y Senderos”) de Relevamiento Territorial, Histórico, Social y Cultural de la comunidad, donde se fomentó una producción de saber mediante la cartografía participativa en un proceso denominado Mapeo Cultural Participativo (MCP) cuyos resultados confirman los procesos de despojo a los que han sido víctima estas familias.

No solo la memoria oral sentó las bases para esta producción de diferentes Mapas Temáticos, sino que se cruzaron también registros documentales, archivos, trabajos anteriores además de soportes gráficos, software, programas y otras tecnologías digitales.

De acuerdo con el libro Huellas y Senderos, las estrategias de intervención para la realización de este MCP fueron:

·         Formación de un equipo interdisciplinario e intercultural.
·         Definición de “Áreas de Trabajo” a través de reuniones constantes para la planificación del trabajo a realizar
·         Talleres de producción de conocimiento sobre el espacio territorial.
·         Taller de producción de mapas culturales basados en el registro actual y en la memoria oral. A partir de un papel en blanco y con mínima intervención del equipo coordinador.
·         Conversaciones individuales ‘abiertas’ y ‘en profundidad’ y conversaciones colectivas semi-estructuradas
·         Registro audiovisual y fotográfico de cada recorrido y se efectuaron las mediciones mediante GPS de los espacios significativamente relevantes.
·         Consulta de fuentes documentales
·         Aplicación de un cuestionario socio-comunitario a las diferentes familias que conforman la Comunidad aplicado por cuatro entrevistadoras de la comunidad, con las cuales se desarrolló previamente de un taller de capacitación.
·         Taller de evaluación de la información obtenida y su significado.

Resultados

Desde la “Campaña del desierto” y las posteriores aplicaciones de modelos de desarrollo  occidental en la actual VLA, se han instalado formas hegemónicas del ser y del saber que fueron solidificando el ideario de supremacía cultural y racial de la estirpe blanca-argentina-europea que fue forzando procesos de des-adscripción étnica de las comunidades mapuce en un entorno xenófobo: anti-chileno y anti-mapuce. Incluso la “entrega” de las tierras a Paichil y Antrio requirió forzosamente, que fueran ciudadanos argentinos negándoseles así la “otra identidad”.

Esa visión única del mundo, a través de distintos mecanismos y dispositivo fue solapando la preexistencia de esta comunidad como pueblo originario a la vez que ensalzó la historia de los “pioneros”. 

APN como dispositivo estatal reprodujo estas disparidades haciendo concesiones a la “elite terrateniente” en detrimento de los pobladores preexistentes. Asimismo, a través de una multiplicidad de mecanismos fraudulentos, ante la presión del crecimiento de la Villa y de los nuevos escenarios económicos, fueron desplazando a las comunidades y recortando su espacio de vida.

Los procesos reivindicatorios iniciados en 2003, visibilizaron a las comunidades a través del conflicto y la intervención de la ODHPI colaboró en ese proceso.

En este sentido el trabajo realizado por la comunidad en conjunto con la ODHPI, va en consonancia con lo que Bonfil Batalla denomina como Etnodesarrollo: “Capacidad social autónoma de una sociedad culturalmente diferenciada para construir su futuro, aprovechando su experiencia histórica y los recursos de su cultura, de acuerdo al proyecto definido según sus propios valores y aspiraciones para guiar su propio desarrollo”(Bonfil Batalla: 1995).

Este posicionamiento anti-hegemónico fomentó la producción de saberes inter-disciplinar e intercultural, a partir una necesidad concreta según objetivos políticos, territoriales y culturales expresados por la comunidad y con la participación activa de los miembros de la familia PaichilAntriao que además se apropió de los resultados, utilizándolos en los procesos judiciales .
Al reconocer al espacio social como el espacio culturalmente vivido y recorrido a lo largo de la vida comunitaria, cargado de símbolos y funciones que le dan sentido a la cosmovisión mapuce, la construcción participativa fortalece a la práctica social comunitaria y propicia unaa relación técnico-poblador horizontal  en un proceso de aprendizaje mutuo. Lo anterior hace que la comunidad sea un actor activo y participante y no un mero beneficiario con lo cual la intervención de la ODPHI, puede encuadrarse en un modelo de desarrollo alternativo como el Etnodesarrollo.
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Bibliografía

· Aranda, D.Indymedia. La historia silenciada de Villa La Angostura http://argentina.indymedia.org/news/2009/12/710182.php. 2009. Consultada en Agosto del 2014.

· Bonfil Batalla, Guillermo (1995) “Etnodesarrollo: Sus premisas jurídicas, políticas y de organización” México. INAH / INI

·Cordero, A. Hiernaux Nicolás, D. et al 2002. “Imaginarios Sociales y turismo sostenible” Cuaderno de ciencias sociales no. 123. FLACSO, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. San José, Costa Rica.Disponible en: http://biblioteca.clacso.edu.ar/Costa_Rica/flacsocr/20120815033220/cuaderno123.pdf

· García, A. Valverde, S. 2007.“Políticas estatales y procesos de etnogénesis en el caso de poblaciones mapuche de Villa La Angostura, provincia de Neuquén, Argentina”. Cuadernos de Antropología Social, núm. 25, 2007, pp. 111-132, UBA. Disponible en: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=180914246006

· Ghioldi, Gerardo (comp.) 2009 "Historias de las familias mapuche LofPaichilAntriao y LofQuintriqueo. Mapuche de la margen norte del lago Nahuel Huapi" Biblioteca Popular Osvaldo Bayer. Archivos del Sur. Argentina

· Nahuel, J (Coord.) 2013. “Huellas Y Senderos”: Relevamiento Territorial, histórico, social y cultural de la comunidad mapuce LOF PAICIL ANTRIAO. Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas. Neuquén, Argentina. Disponible en: http://odhpi.org/wp-content/uploads/2014/06/huellas-y-senderos_relevamiento-paicil.pdf

· Recalde, A. 2009. “Cuaderno no 3: Modelos de desarrollo en la Argentina.Cuadernos De Trabajo Del Centro De Estudios Juan José Hernández Arregui. Disponible en http://www.odonnell-historia.com.ar/registros/doc/Cuaderno_N3-Modelos%20_de_Desarrollo.doc
   
Original en: https://www.academia.edu/9266587/_Ensayo_sobre_el_Despojo_territorial_comunitario_del_Lof_Paichil_Antriao_en_Villa_La_Angostura._Modelos_de_desarrollo_implementados_y_la_intervenci%C3%B3n_del_Observatorio_de_Derechos_Humanos_de_los_Pueblos_Ind%C3%ADgenas_